Artículo 25. Declaración Universal de los Derechos Humanos.

1. «Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad».

Artículo 47. Constitución Española.

«Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos».

En el presente y en el futuro, no nos resignamos a aceptar la paradoja de una situación de pobreza y exclusión por la que están pasando muchas personas en nuestro entorno más cercano y a la vez, el exceso de recursos, tanto tecnológicos, como económicos o sociales, de los que disponemos hoy en día como sociedad para revertir está situación.

Buscamos una salida digna para todos ell@s. Consideramos que no es un sueño o una quimera, es un derecho de tod@s el de vivir dignamente como personas.

Anuncio publicitario